Por: Lot Gamboa.
Análisis de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad y de México la “Ley General de las personas con discapacidad” y la “Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad” justo previa y posterior a su adhesión
Introducción
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), presenta el escenario con el que deben ser tratadas y consideradas las personas con discapacidad en todo el mundo, éste tratado fue avalado y firmado por los Estados Parte. A partir de su entrada en vigor, las personas con discapacidad cuentan con un fundamento legal que los defiende de la exclusión, discriminación y maltrato; así como el aseguramiento del goce de los derechos humanos fundamentales, además de que establece las obligaciones que tienen los Estados Parte hacia las personas con discapacidad. Esta Convención fue aprobada por la Asamblea de la ONU en diciembre de 2006 y entró en vigor el 3 de mayo de 2008.
Por su parte en México, con resultado de la participación en esta convención, se legislaron dos leyes que serán motivo de análisis. La Ley General de las Personas con Discapacidad y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, ambas producto de la participación de México como Estado Parte. Con el propósito de entender las lagunas y omisiones en estas leyes comparando a lo señalado por la Convención de la ONU, se abordará la temática a partir de la presentación de un panorama histórico- Cronológico sobre la atención de personas con discapacidad, empezando su atención como grupos vulnerables a la que se les atendía de manera asistencial hasta su evolución como programas sociales que buscan la defensa de sus derechos humanos universales; también se analizarán algunos datos estadísticos para poder entender el alcance y envergadura de la situación actual en México, considerando la información principalmente de dos fuentes: el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) órgano desconcentrado del gobierno federal y el Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad 2009-2012 (PRONADDIS). Asimismo se revisarán los modelos en los que se fundamenta el concepto de discapacidad contra las políticas públicas mexicanas y finalmente, se realizará un ejercicio comparativo (no tan profundo, pero que si puede dar focos de atención) de las dos leyes contra la convención a fin de verificar las diferencias, huecos, lagunas y omisiones y las diversas razones de éstas.
¿Cuáles con los antecedentes de estas leyes en México y que se ha hecho al respecto?
El panorama en México respecto a la atención de personas con discapacidad cambió a partir del la publicación de la Ley General de las Personas con Discapacidad el 10 de junio del 2005 y 3 de marzo de 2011 se emite el Decreto Presidencial donde se crea la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Pero antes de remitir a analizar los cambios generados con la creación de estas dos legislaciones, debemos saber que la atención de las personas con discapacidad en México tiene sus antecedentes de la creación del Hospital de San Hipólito en 1566 para la atención a los enfermos mentales. Poco después, en 1572, se fundó el Hospital de San Lázaro, en el que se proporcionó atención a personas amputadas; en 1866 se fundó una escuela de sordomudos; en 1868 se fundó la Escuela Normal para Maestros Especializados, en donde se llevaba a cabo la enseñanza a niños sordos y en 1870 se fundó la primera escuela para ciegos en México.
A la mitad del siglo XX en 1950 se puso en funcionamiento en la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia, el Centro Nacional de Rehabilitación “Francisco de P. Miranda”, el cual se dedicó inicialmente a la atención de pacientes con poliomielitis.
Posteriormente, entre 1952 y 1958 se fundaron centros de rehabilitación para la atención de ciegos, débiles visuales, sordomudos, personas con trastornos del sistema músculo-esquelético, débiles mentales y niños con secuelas de parálisis cerebral. Fue así que el tema de la rehabilitación fue cobrando mayor importancia, pero la atención a las personas con discapacidad básicamente se concentraba a este propósito.
De las primeras acciones gubernamentales que se dieron, es importante mencionar que el 13 de enero de 1977 fue creado el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), cuya finalidad fue brindar asistencia social, como obligación del Estado y en beneficio de la población marginada, a las personas con discapacidad o las personas en desventaja social.
Cada sexenio, cuando es elegido el Presidente en México, éste tiene que presentar las acciones que considera realizar durante su gestión, el documento que crea es llamado “Plan Nacional de Desarrollo”. En el periodo comprendido de 1983-1988 cuando estaba a cargo de la Presidencia el Lic. Miguel de la Madrid, en este plan incluyó el compromiso de realizar acciones encaminadas a impulsar la protección social a los menores en edad escolar, a personas con discapacidad y a la familia en general, por lo que en 1987 se echó a andar el Programa de Rehabilitación, que incluía servicios de atención al sistema neuro-músculo-esquelético, comunicación humana, ceguera o debilidad visual, así como las que afecten la salud mental.
Estas acciones marcaron en nuestro país el inicio de las políticas públicas de tipo asistencialista dirigidas a la población con discapacidad, las cuales fueron respaldadas por la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 9 de enero de 1986. Esta Ley planteó que el Sistema Nacional de Salud en materia de asistencia social debería establecer y llevar a cabo programas interinstitucionales para asegurar la atención integral de los grupos sociales vulnerables; además incorporó a las personas con discapacidad por ceguera, debilidad visual, sordera, mudez, alteraciones del sistema neuro-musculo-esquelético, deficiencias mentales, problemas del lenguaje y otras deficiencias, entre la población beneficiada por los servicios de asistencia social.
Granja indica que “el Estado Mexicano con fecha de 2 de septiembre de 2004, promulga la Ley de Asistencia Social con observancia en todo el territorio de la Republica Mexicana” (Granja; 2006,5)
El 10 de junio de 2005 fue publicada la Ley General de las Personas con Discapacidad.
La discapacidad en México ¿qué nos dicen los números?
En México existe el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), que es un organismo encargado de realizar entre otras cosas, estadísticas de diversos temas en todo el país, y ha trabajado en la nueva recopilación de estadísticas relativas a la población con discapacidad, la información de este instituto se puede considerar confiable en cuanto a honestidad e integridad en el manejo de información, pero se ha detectado que el diseño de las preguntas que empleo para los dos cuestionario de discapacidad, pueden no arrojar con precisión la información. Indican mediante los resultados del Censo de Población y Vivienda 2010 que existen 5 739 270 de personas que tienen discapacidad, la clasificación de discapacidad la presentan en: caminar o moverse 58.3%, ver 27.2%, escuchar 12.1%, hablar o comunicarse 8.3%, atender el cuidado personal 5.5%, poner atención o aprender 4.4% y mental 8.5% .
INEGI define Discapacidad como “Término genérico que comprende las deficiencias en las estructuras y funciones del cuerpo humano, las limitaciones en la capacidad personal para llevar a cabo tareas básicas de la vida diaria y las restricciones en la participación social que experimenta el individuo al involucrarse en situaciones del entorno donde vive” (INEGI;2010). Si se observa el término como lo describe el INEGI, se emplea la frase “deficiencias en las estructuras y funciones del cuerpo…” mientras que en la convención se hace énfasis en “las condiciones que afectan en diversos grados las capacidades…” (CDPD) por lo que se puede considerar que aún persiste un lenguaje inadecuado, que no designa con respeto y precisión a personas con discapacidad.
Este Instituto también presenta un dato de interés y es la causa de la discapacidad, considerando: Nacimiento 16.3%, Enfermedad 39.4%, Accidente 15%, Edad avanzada 23.1%, Otra causa 7.6% y No especificado 2.2%.
Los datos del INEGI difieren con los de la Organización Mundial de la Salud que estima que en México existen 11 millones de personas con discapacidad.
Según información presentada en el Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad 2009-2012 (PRONADDIS), analizó los resultados de la Primera Encuesta Nacional sobre Discriminación en México realizada en el 2005, encuesta que fue realizada por la Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación en donde se afirma que:
31 de las 32 entidades federativas cuentan con una ley estatal de atención, desarrollo integral, incorporación o desarrollo social de las personas con discapacidad, pero en siete estados la última reforma se realizó antes el 2000. Además, sólo siete leyes estatales cuentan con su reglamento correspondiente.
Las personas con discapacidad ocupan el tercer lugar como grupo social que se siente más desprotegido y el segundo lugar como grupo social más discriminado Según este estudio, el 14.5% de las personas entrevistadas señaló que después de los ancianos y de los indígenas, las personas con discapacidad son las que requieren mayor protección. Asimismo, luego de los homosexuales, las personas con discapacidad se perciben como el sector más discriminado (94.4%).
Este estudio también reveló que: Más de la mitad de las personas con discapacidad (52.1%) señaló que no se le han respetado sus derechos en México. Una de cada tres personas con discapacidad fue víctima de un acto de discriminación durante el año previo a la encuesta. El 53.4% de las personas con discapacidad han sufrido discriminación en su trabajo, lo cual los coloca en el primer lugar como grupo social con mayor discriminación en este entorno. Casi el 60% de las personas con discapacidad se sienten rechazadas por la sociedad. Cerca del 90% de las personas con discapacidad cree tener menos oportunidades para conseguir un empleo que el resto de las personas.
En el entorno familiar una de cada tres personas con discapacidad se han sentido víctimas de discriminación (el 19% de las personas con discapacidad manifestó que al interior de la familia se les da menos libertad que a sus hermanos y el 14.5% que se les da prioridad a sus hermanos que no tienen discapacidad).
La pobreza y la falta de trabajo son el mayor sufrimiento de las personas con discapacidad. En conjunto estas dos causas fueron señaladas por casi el 60.3% de las personas con discapacidad, 33.5% en el primer caso y 26.8% en el segundo.
Definitivamente, estas dos fuentes presentan datos que reflejan con más objetividad la realidad.
Modelos en los que se fundamenta el concepto de discapacidad contra las políticas públicas mexicanas
Los dos Modelos en los que se puede decir que se fundamenta la política pública mexicana, son: El Modelo Médico – Biológico y el Modelo Social.
El Modelo Médico-Biológico
Este modelo está basado en la atención de las personas considerándolas medicamente, con el fin de mejorar su funcionamiento físico. Dado que muchas discapacidades no tienen curación o recuperación total, lo cual muestra los límites del quehacer médico, éste último debe dedicarse a buscar la adaptación de la persona a las demandas y exigencias de la sociedad; derivado de la aplicación de este modelo se han realizado muchas acciones públicas, cabe mencionar que todavía en México la gran mayoría de la población considera las discapacidades como enfermedades o problemas que se tienen que corregir.
Fernandez indica que “el déficit o discapacidad adquiere las connotaciones del síntoma, siendo por lo tanto descrito como una desviación observable de la normalidad biomédica de la estructura y función corporal/mental que surge como consecuencia de una enfermedad, trauma o lesión, y ante la que hay que poner en marcha medidas terapéuticas, rehabilitadoras o compensatorias, generalmente de carácter individual”.(Fernandez; 2012, 2)
En este Modelo el discapacitado debe buscar adaptarse a las condiciones del entrono ayudado de los tratamientos y terapias a las que se someta. El interés por dicho modelo se ha hecho patente en las acciones del gobierno y de las Asociaciones no gubernamentales, con lo son la Fundación Teletón, que es una Fundación que respeta y salvaguarda la dignidad de la persona y busca servir a los menores con discapacidad, ofreciéndoles una rehabilitación integral que promueva su pleno desarrollo e integración a la sociedad. Tiene 19 centros de rehabilitación y el Instituto Teletón de Estudios Superiores en Rehabilitación (ITESUR), Teletón ofrece a México el sistema de rehabilitación infantil privado más grande del mundo, con una capacidad de atención a más de 70 mil pacientes, bajo el lema de: “El amor y la ciencia al servicio de la vida”. En el Sistema CRIT, durante el 2010, atendió 26,401 niños y 79,203 familias. El promedio de edad de los niños atendidos fue de 7 años.(TELETON)
El Sistema de Centros de Rehabilitación Infantil Teletón (SCRIT) es la suma coordinada de los esfuerzos de todos los Centros de Rehabilitación Infantil Teletón. “Funciona como un modelo de rehabilitación integral y es la estructura axial de los centros, que busca servir a los menores con discapacidad neuromusculoesquelética respetando y salvaguardando su dignidad y promoviendo su pleno desarrollo e integración a la sociedad.” (TELETON)
El Gobierno Federal creó El Programa Nacional de Salud 2007-2012, que es el documento rector mediante el cual se establecen las estrategias e incorpora acciones para fortalecer la atención y rehabilitación integral de las personas con discapacidad.
En este se indican las diversas acciones que realizan las diferentes instancias gubernamentales en cuanto a salud, y específicamente a discapacidad, entre ellas se enumera que la Secretaría de Salud trabaja en acciones específicas para:
• Ajustar la formación del personal y la administración de los servicios de salud.
• Incorporar la perspectiva de la discapacidad en la política nacional.
• Ofrecer a la ciudadanía información actualizada accesible.
• Asegurar la participación de las organizaciones civiles.
La Secretaría de Salud cuenta con programas para la detección temprana de deficiencias, promoviendo su atención oportuna y adecuada. Entre ellos destaca el Programa de Tamiz Auditivo Neonatal e Intervención Temprana (TANIT), el cual inició oficialmente sus operaciones el 1º de diciembre de 2009,obteniendo variados resultados que van desde estudios de tamiz auditivo neonatal para la detección oportuna de hipoacusia, implantes cocleares con su infraestructura para poderse realizar, copar ade equios de emisiones otacústicos, al igual que se ha capacitado al personal en el uso de equipo y atención médica de pacientes con estas discapacidades.
Se dio un Programa Operativo de Cirugía Extramuros y con la finalidad de proporcionar a la población en situación de vulnerabilidad una serie de servicios encaminados a mejorar la salud y a elevar los niveles de bienestar y calidad de vida, la Secretaría de Salud ha realizado 20,449 cirugías, dentro de las que destacan, cataratas, estrabismo y pterigion.
El Programa de Atención a Personas con Discapacidad del DIF Nacional tiene por objetivo contribuir a reducir las brechas o desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas a personas con discapacidad y sus familias, brindando servicios de atención y rehabilitación e instrumentando proyectos de los Sistemas Estatales DIF, Sistemas Municipales DIF y organizaciones de la sociedad civil que promuevan su desarrollo social.
Existe un Programa Institucional de Envejecimiento Saludable, que tiene un Sistema de Detección Temprana y Atención Oportuna de los estados de vulnerabilidad, fragilidad y discapacidad en las personas mayores de 60 años, así como para determinar la prevalencia de la discapacidad motora, cognitiva, auditiva y visual.
Otra de las acciones generadas en este sexenio gubernamental es la creación de El Seguro Popular está enfocado a dar cobertura financiera a la salud de todas y todos los mexicanos que por su condición laboral no cuentan con seguridad social en salud y voluntariamente lo solicitan, dando prioridad a la población más vulnerable. A junio del 2010 estaban afiliadas al Seguro Popular 277,121 personas con discapacidad.
Durante los años 2008, 2009 y 2010 el servicio médico de la Secretaría de la Defensa Nacional atendió a 7,449 personas con discapacidad.
El Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) “Ismael Cosío Villegas” proporciona información sobre los derechos de las y los usuarios así como las obligaciones de las y los médicos. Dicha información está integrada al Código de Conducta del INER.
En cuanto a salud mental y discapacidad el gobierno federal cuenta con el Programa de Acción Específico para la Atención de la Salud Mental 2007-2012, con el objeto de mejorar el nivel de salud mental de la población, mediante la promoción de políticas y programas que garanticen un trato digno, abaten el estigma y discriminación del paciente y permiten su reintegración social, a través de una atención comunitaria integral, continua y con calidad.
El Modelo Social de la Discapacidad.
“Este modelo postula que la discapacidad no es sólo la consecuencia de los déficits existentes en la persona, sino la resultante de un conjunto de condiciones, actividades y relaciones interpersonales, muchas de las cuales están motivadas por factores ambientales. Se plantea además que, aún cuando en la discapacidad hay un sustrato médico-biológico, lo realmente importante es el papel que en la expresión de dicho sustrato juegan las características del entorno, fundamentalmente del entorno creado por el hombre. Y es justamente en la interacción de dichos déficits con el entorno, en la que se dan las “desventajas” que el individuo con discapacidad experimenta y que en la práctica definen su estatus de discapacitado.” (Fernández; 2012, 3)
Las condiciones sociales en México dan mucho que decir, pero existen distribuidas en toda la república organismos públicos que velan para el respeto de los derechos de los discapacitados, como lo son la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los 32 Organismos Públicos de Protección y Defensa de los Derechos Humanos de las entidades federativas, estos dentro de su Misión expresan su interés de formar parte del Marco, en calidad de Mecanismos de Promoción, Protección y Supervisión de la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y, de esa manera, vigilar la aplicación de dicho tratado en el ámbito de sus jurisdicciones y competencias.
En cuanto a las condiciones de de accesibilidad, México está en “pañales” se tiene planeado mejorar las condiciones de accesibilidad de los edificios de la Administración Pública Federal en los tres niveles de gobierno.
En cuanto a educación se han publicado los libros de texto en Braille y como audilibros, se ha invertido en la capacitación de profesores de atención especial; pero aun es imperante que se especialice, ya que un profesor en ocasiones tienen alumnos autistas, con retraso mental o sordomudos en la misma aula.
Todavía no existe normatividad a la accesibilidad al transporte urbano, incluyendo vehículos e infraestructura; a las tecnologías de la información y comunicaciones; así como reforzar las acciones en materia de accesibilidad a los sitios en internet de las entidades de la Administración Pública Federal.
La accesibilidad en los entornos rurales es otro de los retos que deberán abordarse al igual que la aplicación del diseño universal de espacios, productos y servicios que contemplen diversos tipos y grados de discapacidad.
Comparativo de las dos leyes contra la convención a fin de verificar las diferencias, huecos, lagunas y omisiones y las diversas razones de éstas.
En México, la posición jurídica relativa a los derechos de las personas con discapacidad es contradictoria. Se tienen ya dos leyes federales para las personas con discapacidad y el gobierno ha participado activamente en la promoción de una Convención Internacional en el seno de las Naciones Unidas. Sin embargo, gran parte de las leyes para Personas con Discapacidad vigentes no ha sido reglamentada aún y su cumplimiento no se ha dado. Por lo demás, la población con discapacidad y sin ella conoce muy poco los derechos que tienen las personas con discapacidad (IDRM; 2004, 302)
El marco jurídico nacional hace énfasis en la igualdad de las personas con discapacidad y en la no discriminación de este grupo de la población en todos los aspectos de la vida social. Sin embargo, es en la práctica donde se observa la falta de una cultura de la discapacidad mediante la cual la sociedad perciba a este grupo social como parte de sí misma y lo acepte con todas sus características aunado a que gran parte de las leyes internas no han sido actualizadas o reglamentadas.
El término discapacidad según la CDPD se emplea para referirse a “un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
En México, se prefiere utilizar la expresión “personas con discapacidad” al analizar el tema de la discapacidad. La Ley Federal para las Personas con Discapacidad utiliza la frase “personas con capacidades diferentes”. México no reconoce las discapacidades mentales o psiquiátricas y, por ello, utiliza otros términos como “deficiencia mental” y “desorden mental”.
Algunas definiciones que presentan la legislación en México:
Discapacidad. “Ausencia, restricción o pérdida de la habilidad, para desarrollar una actividad en la forma o dentro del margen considerado como normal para un ser humano”. (Norma Oficial Mexicana (NOM-173- SSA1-1998) para la Atención Integral a Personas con Discapacidad)
Persona con discapacidad. “Todo ser humano que presenta temporal o permanentemente una limitación, pérdida o disminución en sus facultades físicas, intelectuales ó sensoriales para realizar actividades que le son connaturales”. (Decreto por el que se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad)
Existe un uso recurrente de palabras como “padece” “normal” “sufre”, lo que les da una categoría de enfermedad o anormalidad, afectando el considerar a la discapacidad como una condición de vida.
Mientras que el Informen Regional de las Américas en el 2004, define como Capacidades Diferentes son aquellas que sufren una pérdida, alteración o disminución de un órgano o función física, sensorial o intelectual, que limita las actividades de la vida diaria e impide su desarrollo individual y social”. En este contexto, se entiende por “capacidad diferente” “la limitación de una persona para realizar por sí misma actividades necesarias para su desempeño físico, mental, social, ocupacional y económico como consecuencia de una pérdida, alteración o disminución de un órgano o función física, sensorial o intelectual”.
La mayoría de las definiciones intentan apegarse a los modelos establecidos a nivel internacional. Sin embargo, aún se desconoce el nuevo concepto de discapacidad emanado de la Convención. (IDRM; 2004, 304)
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad no brinda una definición sino que enuncia a quienes se encuentran comprendidas en la noción de personas con discapacidad. A saber, aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás (CDPD)
Se reconoce que es que también que la discapacidad es un concepto en evolución, dinámico, lo que permite adaptaciones a lo largo del tiempo y en diversos entornos socioeconómicos. Además, la Convención refuerza la idea de que es la interacción con las diversas barreras la que provoca la situación de discapacidad; por lo que de no existir estas barreras se superaría la limitación o impedimento. Entonces, lo que surge de la interacción entre una persona con impedimentos y diversas barreras no es un concepto sino situaciones sociales concretas.
De lo expuesto, se concluye, por un lado, que el modelo social de discapacidad asume a la discapacidad como la resultante de la interacción con barreras debidas a la actitud y al entorno. Por el otro, que la definición no es cerrada pues incluye a las personas mencionadas sin que ello importe prescindir de otras situaciones o personas que puedan estar protegidas por las legislaciones internas de los respectivos Estados.
Se tiene que admitir que la sociedad mexicana no está culturalmente preparada para la protección de los discapacitados, no se ha dado cumplimiento a las leyes vigentes que garantizan sus derechos, por lo que es importante crear una conciencia de respeto e inclusión para estas personas. En las instituciones educativas se está haciendo esfuerzos por formar a los alumnos en hacerlos conscientes de la inclusión de personas con discapacidad como un proceso habitual, donde impere la justicia y respeto para las personas discapacitadas, que lejos de ser diferentes son una parte importante de la sociedad.
En cuanto a lo laboral es donde más se tiene que buscar soluciones de incorporación de personas con discapacidad, ahí es donde queda mucho por hacer, se está legislando al respecto sobre la creación de centros laborales justos y bien remunerados, con seguridad social, que permita su libre ejercicio de profesión, tal como lo marca la Constitución Mexicana. Igualmente en algunas acciones de gobierno se han venido encaminando a cambiar el paisaje urbano, aunque no es suficiente, es importante realizar acciones en cuanto a la urbanización y establecimiento de instrumentos tecnológicos y técnicos en la vía pública cómodos, seguros y dignos, que les permita su inclusión en los ámbitos familiares y sociales que tanto los margina.
Referencias bibliográficas
Consejo Nacional para la Personas con Discapacidad. (2009) Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad 2009-2012 Primera edición, México, D. F.
Fernandez, P. (2012) Representaciones sociales y paradigmas. Recuperado en mayo de 2012, de Universidad Deusto: http://alud2.deusto.es/
Fernandez, P. (2012) Evolución histórica de los modelos científicos de discapacidad, extracto de trabajos realizados conjuntamente por la UIPC y el IMSERSO. Recuperado en mayo de 2012, de Universidad Deusto: Http://alud2.deusto.es/
Granja, H. (2006) La Protección Jurídica de Personas con Capacidades Diferentes en México. Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Facultad de Derecho.
H. Congreso de la Unión. Cámara de Diputados, LVIII Legislatura, Decreto por el que se expide La Ley Federal para las Personas con Discapacidad, cap. I, art. 4, 2003.
IDRM. (2004) Monitoreo Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad 2004. Informe regional de la Américas.
INEGI. (2010) XII Censo General de Población y Vivienda, Población Total por Entidad Federativa,Sexo y Grupos Quinquenales de Edad y su Distribución y Tipo de Discapacidad, 2000.
Secretaría de Salud, Norma Oficial Mexicana NOM-173-SSA1-1998 Para la Atención Integral a Personas con Discapacidad, Definiciones, 1998, 3.
SRE. (2011) Informe Inicial de México sobre el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. — México: Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Derechos Humanos y Democracia.
Teletón. Fundación Teletón. recuperado 19 de mayo de 2012 de http://www.teleton.org.mx/sistema-crit/
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